Page Nav

HIDE

Grid

GRID_STYLE

TELEFONOS DE CARABINEROS DE LA COMUNA DE VILCÚN - Carabineros de Vilcún 452 466177, Carabineros de San Patricio 452 466186, Carabineros de Cherquenco 452 466175, Carabineros de Cajón 452 466173 BOMBEROS DE VILCUN +56 45 288 5132 (red fija) ‎+56 45 256 2103 (red fija) +56 9 8251 4847 (celular) 132....... FARMACIA LAHUEN OFRECE OFERTAS HASTA AGOTAR STOCK: Venga inscríbase y acceda a nuestros beneficios. Todas sus compras suman puntos. Aproveche, compre y economice. Horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 21:00 horas, sábado de 10:00 a 19:00 horas. Consultas al celular +56984126521. Estamos ubicados en calle A. Prat 394 esquina Lord Cochrane, pleno centro de Vilcún. Síguenos en Facebook: https://www.facebook.com/Farmacia-Lahuen-114409330201037/ FARMACIA LAHUEN, BUENA ATENCIÓN Y BUENA CALIDAD PARA SU FAMILIA.

latest

Fallo establece que aspirantes a oficiales de Carabineros murieron tras ser explotados físicamente en instrucción

Fallo establece que aspirantes a oficiales de Carabineros murieron tras ser explotados físicamente en instrucción La justicia militar conden...

Fallo establece que aspirantes a oficiales de Carabineros murieron tras ser explotados físicamente en instrucción

La justicia militar condenó por cuasidelito de homicidio a cuatro tenientes por la muerte de Sebastián Andrés Pinuer Barría (19) y Julio Ignacio Ulloa Vargas (22), quienes fallecieron en febrero de 2011 en Curacaví.


El Segundo Juzgado Militar de Santiago condenó a cuatro tenientes de Carabineros por la muerte de dos aspirantes a oficiales ocurridas en febrero de 2011 en una instrucción en un predio en Curacaví. Se trata de Rodrigo Alejandro Oakley, Sergio Antonio Molina, Nicolás Esteban Silva y Jesús Ignacio Wastavino, quienes fueron declarados culpables de cuasidelito de homicidio respecto a los jóvenes Sebastián Andrés Pinuer Barría (19) y Julio Ignacio Ulloa Vargas (22). Los uniformados recibieron una pena de tres años de reclusión menor en su grado medio, luego que el juez militar Oscar Rojas, estableciera que los acusados "incurrieron en negligencias inexcusables permitiendo que se sobrepasen los límites del riesgo permitidos en una actividad de instrucción". Según asegura en el fallo, al que accedió Emol, las víctimas fallecieron por un golpe de calor debido al extremo esfuerzo y deshidratación al que fueron sometidos. De acuerdo a lo acreditado en el proceso, el trote de calentamiento que debieron realizar los aspirantes se extendió por aproximadamente 35 a 40 minutos en un escenario de muy altas temperaturas que alcanzaron los 33° C. "Los acusados violaron la disposición de los horarios en cuanto a la extensión de los ejercicios programados que indicaban que el trote de calentamiento en estos casos, no debía durar más allá de 20 minutos, como se indica en el Programa de Actividades Diarias Primer Año 2011, inserto en el Horario de actividades para el desarrollo de la práctica formal", sostiene la resolución que podrá ser apelada por los procesados. El fallo reitera además que "se sobrepasaron los márgenes de riesgo permitidos en la situación contexto, aumentándolo ilícitamente, incurriendo en una acción que lleva -implícita- una imprudencia temeraria". "Derechamente, los acusados infringieron el deber de cuidado que la situación in situ exigía y que les era exigible, al no haber procedido con los resguardos necesarios para evitar el evento que era previsible y evitable". Por último, el juez concluye que "los condenados se excedieron en las exigencias físicas hacia los aspirantes de primer año, con conocimiento de aquello, aumentando a conciencia, el riesgo de dicha actividad más allá de lo lícitamente permitido". Sobre el fallo, el abogado querellante Francisco Victorino Castillo, del estudio de abogados BCB Abogados -que representa a Manuel Ulloa, padre de Julio Ulloa- aseguró a Emol que "para nosotros, la condena de los oficiales involucrados, a pesar del tiempo transcurrido, es justa y -en parte- ayuda a aliviar el dolor de las familias afectadas". "Y si bien los oficiales condenados no cumplirán una pena efectiva privativa de libertad, toda vez que por tratarse de cuasidelitos de homicidio accedieron a la pena sustitutiva de remisión condicional, la gravedad de lo sucedido, de oficio, debiera motivar una investigación administrativa" agregó, puntualizando que con todo lo anterior, debiese desvincularse a los tenientes "de una institución de prestigio como Carabineros de Chile".

No hay comentarios

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.